SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2017

Fecha: 21-Jul-2017

nosotros conocemos la realidad que también tienen la necesidad, eso no quiere decir que nosotros legalizamos el trabajo,

Sobre el particular, el análisis por la Cámara de Diputados, finaliza señalando que: “’…nosotros conocemos la realidad que también tienen la necesidad, eso no quiere decir que nosotros legalizamos el trabajo, pero está estableciendo dentro de este código, (…) esas propuestas que se han recabado en diferentes tanto en el artículo así también establece en disposición adicional’; ‘…los parlamentarios no podemos dejar en indefensión, es decir, que…, porque está prohibido el trabajo de cierta edad nadie los va a proteger, ¡no!, la Disposición Adicional Quinta habla exclusivamente de eso y establece los mecanismos por los cuales un niño, niña trabajador también goza de los derechos laborales de cualquier adolescente o mayor de edad…’; sugiriéndose ‘se apruebe sin modificación el artículo en cuestión’ (negrillas añadidas).