SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2017

Fecha: 21-Jul-2017

Fragmento 111

             Dicho documento, elaborado por el INE, y adjuntado por el Vicepresidente del Estado Plurinacional de Bolivia y Presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los alegatos escritos presentados en virtud a la acción de inconstitucionalidad abstracta de examen (fs. 71); plasma en su contenido, que: “La participación de niños y adolescentes en actividades productivas puede resultar nociva para su desarrollo tanto físico como mental si, por sus implicaciones económicas y sociales, éstas los privan de su infancia o adolescencia. Dichas actividades –convencionalmente denominadas trabajo infantil y adolescente- deberían constituirse en un área de protección prioritaria para los gobiernos. Bolivia, al ratificar el Convenio núm. 138 sobre la edad mínima y el Convenio núm. 182 sobre las peores formas de trabajo infantil en 1997 y 2003, respectivamente, y al participar en la Convención sobre los Derechos del Niño en 1990, ha manifestado su interés y preocupación por esta temática. Por ello, el Instituto Nacional de Estadística (INE) –con el apoyo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) a través del Programa de Información Estadística y Seguimiento en Materia de Trabajo Infantil (SIMPOC) del Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC)- ha encomendado el estudio MAGNITUD Y CARACTERÍSTICAS DEL TRABAJO INFANTIL EN BOLIVIA. Informe Nacional 2008, basado en el análisis de los resultados de la Encuesta de Trabajo Infantil (ETI) realizada en el último trimestre del 2008, con el objetivo de cuantificar la incidencia y analizar la naturaleza del complejo fenómeno del trabajo infantil y adolescente en Bolivia, promover su discusión y orientar el diseño de programas y políticas adecuadas para su reducción y erradicación” (negrillas agregadas); destacando así que: “…la Encuesta de Trabajo Infantil es, a la fecha, el único instrumento que captura información sobre la participación de niños y adolescentes de 5 a 17 años en actividades productivas económicas, no económicas, labores domésticas y sus condiciones de trabajo basándose en declaraciones de los propios niños (informantes directos)…”.