DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2017

Fecha: 25-Sep-2017

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En el transcurso de la historia universal, la acepción inicial     de ”libre determinación“ (en los Pactos Internacionales de Derechos Civiles y Políticos y de Derechos Económicos y Culturales) fue comprendida como la capacidad de un pueblo para formar un nuevo Estado, pero actualmente y en materia de derechos indígenas (Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre pueblos indígenas y tribales en países independiente y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas) dicha concepción evolucionó, de manera que ahora se concibe como el derecho a la autonomía que tienen éstas naciones y pueblos dentro del respeto a la integridad de los Estados; concepción que fue plasmada en la Constitución Política del Estado y permite:    ”…equivaler la libre determinación de los pueblos a la autonomía indígena, en el marco de la Declaración de las Naciones Unidades sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, con lo que desaparece la amenaza de la autodeterminación con alcances similares a los reconocidos para los estados en el derecho internacional público“.[8]