DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2017

Fecha: 25-Sep-2017

Artículo 18. Niña, niño, adolescente

I.             El Gobierno Autónomo de la Nación Monkóxi de Lomerío considera niña, niño o adolescente a toda persona menor de edad y asume como prioridad la protección y atención integral en todos los ámbitos de la gestión. Las niñas, niños y adolescentes son titulares de los derechos reconocidos en la Constitución Política del Estado con los límites establecidos en ésta y de los derechos específicos inherentes a su proceso de desarrollo, a su identidad étnica, sociocultural, de género y generacional; y a la satisfacción de sus necesidades, intereses y aspiraciones.

IV.         El Gobierno Autónomo de la Nación Monkóxi de Lomerío reconoce            y protege a las familias como el núcleo fundamental de la sociedad y garantiza las condiciones sociales y económicas necesarias para su desarrollo integral. Todos sus integrantes tienen igualdad de derechos, obligaciones y oportunidades.

I. El Gobierno Autónomo de la Nación Monkóxi de Lomerío considera niña, niño o adolescente a toda persona menor de edad y asume como prioridad la protección y atención integral en todos los ámbitos de la gestión. Las niñas, niños y adolescentes son titulares de los derechos reconocidos en la Constitución Política del Estado con los límites establecidos en ésta y de los derechos específicos inherentes a su proceso de desarrollo, a su identidad étnica, sociocultural, de género y generacional; y a la satisfacción de sus necesidades, intereses y aspiraciones.

IV. El Gobierno Autónomo de la Nación Monkóxi de Lomerío reconoce y protege a las familias como el núcleo fundamental de la sociedad y garantiza las condiciones sociales y económicas necesarias para su desarrollo integral. Todos sus integrantes tienen igualdad de derechos, obligaciones y oportunidades“ (las negrillas corresponden al texto original).