DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2017

Fecha: 25-Sep-2017

Artículo 69. Propiedad y distribución de la tierra

III. Los derechos legalmente constituidos de terceros no indígenas al interior del Territorio Autónomo Monkóxide Lomerío se respetan siempre y cuando, se enmarquen al respeto y cumplimiento de las normas que rigen la administración y organización del territorio, así como las normas que emita el Gobierno Autónomo Monkóxi de Lomerío.

IV. Los asentamientos efectuados en las comunidades están sujetos a la aprobación por normas y procedimientos propios de toda la comunidad de acuerdo a la normatividad interna, y en ningún caso significa que se le otorga derecho propietario, el cual puede ser revertido y pasible a desalojo en cualquier momento por parte de la comunidad, a solicitud de la organización o el Gobierno Autónomo de la Nación Monkóxi de Lomerío.