DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2017

Fecha: 25-Sep-2017

sin embargo, al carecer de un alcance normativo, su juicio de constitucionalidad -tratándose de los proyectos de estatutos autonómicos- estará condicionada a la necesaria vinculatoriedad de éstos con las normas cuestionadas, es decir que tanto el

Pues bien, relievado el valor jurídico de los ”Preámbulos“ no solo porque le dan un sentido a la voluntad del estatuyente, sino también, porque son vinculantes a las normas que preceden y juntas forman una unidad normativa denominada Normas Institucionales Básicas y que igualmente merece ser compatibilizada con la Constitución Política del Estado; sin embargo, al carecer de un alcance normativo, su juicio de constitucionalidad -tratándose de los proyectos de estatutos autonómicos- estará condicionada a la necesaria vinculatoriedad de éstos con las normas cuestionadas, es decir que tanto elPreámbulocomo determinadas normas del proyecto, juntas lleguen a expresar un sentido contrario a la Ley Fundamental, y que llegado el momento implicara por un lado, la no declaratoria de incompatibilidad delPreámbulo“          -justamente porque dicha declaratoria debe radiar sobre las normas- pero si la exhortación de corrección y por otro, la declaratoria de incompatibilidad de la norma cuestionada.

El proyecto objeto de control previo de constitucionalidad, contiene un Preámbulo; donde la Nación Monkoxi de Lomerío rememora que desde el inicio de sus tiempos gozaba de libertad sobre un territorio propio que se encuentra dentro    de lo que se denomina como la región de la Chiquitanía y que les fue arrebatado como consecuencia del proceso de colonización a través de las misiones jesuíticas y olvidados en la época republicana, considerados como tribus selváticas y empatronados en el auge de la goma; pese a ese proceso civilizatorio de exterminio que les negó el ejercicio pleno de sus derechos y el aprovechamiento de sus recursos naturales lograron sobrevivir y mantenerse unidos a su territorio.

Reivindica su derecho a la libre determinación o autodeterminación como base para la declaración y constitución de su autonomía, el ejercicio de su autogobierno, la recuperación de su territorio y aprovechamiento racional de sus recursos naturales como parte del Estado Plurinacional    de Bolivia y reafirma su constante lucha por la liberación de cualquier dominación.