SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1017/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1017/2017-S1

Fecha: 11-Sep-2017

El Estado es siempre persona pública y ente de derecho público,

Es prudente, a efectos de contextualizar el tema planteado por la problemática que se analiza en éste fallo, resaltar que: El Estado es siempre persona pública y ente de derecho público, aun cuando este penetre en la esfera de las relaciones en que se mueven los entes o las personas privadas, tal cual refiere Roberto Dromi (Derecho Administrativo, 2006, pág. 472): " El Estado tiene una sola personalidad, que es publica, aunque su actividad pueda en algunas oportunidades estar regulada por el Derecho Privado". Por ende, la administración (como las antes denominadas ‘Alcaldías Municipales’, ahora Gobiernos Autónomos Municipales), es siempre persona de derecho público, de ahí se tiene, que tal y cual refiere Agustín Gordillo citando a otros autores: ‘…el Estado es siempre persona pública y ente de derecho público, aun cuando penetre en la esfera de las relaciones en que se mueven los entes o las personas privadas. La administración es siempre persona de derecho público, que realiza operaciones públicas, con fines públicos y dentro de los principios y formas del derecho público, aunque revista sus actos con formas que son comunes al derecho privado y use de los medios que éste autoriza y para objetos análogos”’.