SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2018

Fecha: 27-Jun-2018

III.7.2.2.     Control de constitucionalidad y convencionalidad sobre la interpretación del término

Establecida entonces la facultad convencionalmente permitida del Estado Boliviano, para regular las limitaciones a los derechos políticos (art. 23.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos), corresponde verificar el cumplimiento de las tres condiciones necesarias para que la interpretación del requisito de “residencia permanente” –contenida en los arts. 149, 167, 285.I.1 y 287.I.1 de la CPE impugnados– reúna las condiciones de objetividad y razonabilidad, conforme se desarrolló por la Comisión de Derechos Humanos y fue acogida por la SCP 0084/2017[18]; resultando lo siguiente: