SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2018

Fecha: 27-Jun-2018

siempre que la soberanía popular pueda ejercerse sin discriminaciones injustificadas que impliquen desvalorizar el voto o impidan arbitrariamente y bajo actos discriminatorios, que los ciudadanos puedan postularse como candidatos.

En ese orden, si bien los tratados y convenios internacionales obligan a que los derechos políticos adquieran calidad de derechos humanos reconocidos como tales en el ordenamiento jurídico interno de los Estados, estas normas internacionales no alcanzan a definir la regulación de las restricciones a los derechos políticos en el ordenamiento jurídico interno, pues ésta es una facultad de los Estados. Dicho de otra forma, las normas constitucionales que vedan o limitan los derechos políticos, no vulneran el derecho a elegir y ser elegido, ni el poder electoral del pueblo, ni la igualdad constitucional prohibitiva de discriminaciones arbitrarias, ni el derecho de los partidos a proponer candidaturas al electorado, siempre que la soberanía popular pueda ejercerse sin discriminaciones injustificadas que impliquen desvalorizar el voto o impidan arbitrariamente y bajo actos discriminatorios, que los ciudadanos puedan postularse como candidatos.