SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0678/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0678/2020-S1

Fecha: 03-Nov-2020

II.15.

II.15.  Por Nota AS. JUR. STRIA. N° 398/19 de 27 de septiembre de 2019 el Gerente de Seguros de COSSMIL, remite al accionante el 7 de octubre de 2019 la referida nota, atendiendo su carta de 5 de julio de 2019 y señaló: 1) Mediante nota GDP-1121/2010 de 11 de mayo, la Contraloría General del Estado, señaló que como resultado de la auditoría al Gobierno Municipal de Toro Toro por las gestiones 2002 a 2006, su persona incurrió en doble percepción por haber cobrado sueldo y renta, simultáneamente, de COSSMIL y del referido Gobierno Municipal, por el periodo comprendido entre enero de 2000 a diciembre de 2004 y enero 2005 a julio 2008, es decir, que el impetrante de tutela debió haber solicitado suspensión de su renta del sistema de reparto antes de ingresar a trabajar en una entidad pública, al no haberlo hecho así, corresponde que realice la devolución de la renta indebidamente percibida; y, 2) La Resolución Administrativa SENASIR 483.5 de 18 de agosto de 2005, de acuerdo a su determinación Sexta dispuso como formas de recuperación de montos cobrados indebidamente, la firma de convenios y depósitos de montos mensuales por parte de los empleadores; en ese marco, ante la negativa del peticionante de tutela de firmar los convenios propuestos, se aplicó la segunda modalidad, por lo que corresponde realizar los descuentos de su renta (fs. 314 a 315).