SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0678/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0678/2020-S1

Fecha: 03-Nov-2020

se vulneró la presunción de inocencia del accionante

Con respecto a la presunción de inocencia, se advierte que el hecho de prescindir de un debido proceso a efectos de lograr la restitución de lo que la autoridad demandada consideró que fue doble percepción por parte del impetrante de tutela, aquella procedió a considerar evidente dicha posibilidad y en ese marco realizó cobros directos, realizando los descuentos de su renta ahora denunciados, prescindiendo del deber de demostrar aquello que se acusa y por el contrario, dando por hecho que la doble percepción existió; de esa forma, claramente, se vulneró la presunción de inocencia del accionante, pues se presumió la referida deuda, en vez de ser dilucidada en un debido proceso.

Por último, si bien el impetrante de tutela solicitó que se determine responsabilidad civil, al efecto, no se advierte razón jurídica para ello, ya que como consecuencia de la concesión de tutela por los derechos y principios advertidos vulnerados, se dispondrá que se restituyan al peticionante de tutela los referidos montos de dinero retenidos.