Auto Supremo AS/0123/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0123/2019-RRC

Fecha: 07-Mar-2019

A este planteamiento el Tribunal de alzada sostuvo que el proceso penal de acción privada


A este planteamiento el Tribunal de alzada sostuvo que el proceso penal de acción privada cuenta con varias instancias procesales para luego ingresarse a la fase de ejecución de fallos y paralelamente a la demanda de reparación de daños y una vez que la Sentencia pase a un estado de autoridad de cosa juzgada, cualquier sujeto procesal conforme a sus intereses puede hacer uso del precepto legal establecido por el art. 272 del CPP, por lo que el Juez de Sentencia al emitir el auto complementario de 7 de julio de 2016, aplicó ese precepto sin que concurra un defecto que afecte los derechos y garantías constitucionales, por lo que estando aún vigente la tramitación de la presente causa, el apelante una vez que asuma una determinación pasada en autoridad de cosa juzgada, podía hacer uso de la citada disposición procesal penal