Auto Supremo AS/0123/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0123/2019-RRC

Fecha: 07-Mar-2019

Bajo dicho entendimiento, este Tribunal dejó sin efecto el Auto de Vista recurrido, entre otros


Bajo dicho entendimiento, este Tribunal dejó sin efecto el Auto de Vista recurrido, entre otros motivos, por cuanto concluyó que la denuncia de casación era evidente; toda vez, que las simples afirmaciones realizadas por el Auto de Vista, no demostraban de forma alguna la existencia de debida fundamentación y motivación en el fallo de alzada; contrariamente, se desprendía el incumplimiento a lo dispuesto por el art. 124 del CPP, pues omitió respaldar de forma adecuada sus conclusiones y expresar las razones por las que concluyó que la falta de fundamentación de la pena relativa a la aplicación de atenuantes y agravantes, merecía la aplicación de la primera parte del art. 413 del CPP; es decir, la anulación de la Sentencia y la reposición del juicio. Tampoco señaló los motivos por los cuales omitió aplicar lo dispuesto por el párrafo último del citado artículo y el art. 414 de la Ley adjetiva penal; toda vez, que esta disposición legal establece que los errores u omisiones formales y los relacionados a la imposición de la pena, no anulan la Sentencia, pero deben ser corregidos por el Tribunal de apelación, pues la indebida fundamentación respecto a las atenuantes y agravantes, constituye un defecto relativo que de forma inexcusable debe ser corregido en apelación