Auto Supremo AS/0266/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0266/2019-RRC

Fecha: 25-Abr-2019

El Auto Supremo 437 de 24 de agosto de 2007, fue emitido por la Sala


III.4.1 Doctrina Legal aplicable en los precedentes invocados

El Auto Supremo 437 de 24 de agosto de 2007, fue emitido por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Suprema de Justicia dentro del proceso seguido por GJVC contra MRLMA, por los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza. En casación la parte acusada reclamó que el Auto de Vista recurrido incumplió el art. 124 del CPP, al omitir “realizar una adecuada fundamentación jurídica, incurriendo en contradicción con la doctrina legal señalada en el Auto Supremo Nº 562/2004”; en tal sentido, la Sala pronunciante concluyó que el Fallo recurrido “reemplaza sus fundamentos con la trascripción de algunas partes de la sentencia…para concluir directamente sobre los argumentos del recurso del imputado…que no explican de manera expresa cual el iter lógico que siguió el Tribunal de Alzada para determinar la improcedencia del recurso planteado, situación que se encuentra estrechamente vinculada a la correcta actividad jurisdiccional” de esa manera el Auto de Vista recurrido fue dejado sin efecto, sentándose la siguiente doctrina legal aplicable:

“Que es una premisa consolidada que toda resolución, como la emitida por el Tribunal de Alzada, debe ser debidamente fundamentada, vale decir, es necesario que el Tribunal de Apelación, emita los criterios jurídicos sobre cada punto impugnado que se encuentran en el recurso de casación, además de revisar de oficio si existen defectos absolutos en cuyo caso, es necesario que en la fundamentación se vierta los criterios jurídicos del porque dicho acto se considera defecto absoluto y que principios constitucionales fueron afectados