Auto Supremo AS/0266/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0266/2019-RRC

Fecha: 25-Abr-2019

En el caso del Órgano Judicial, a más de suponerse que la legitimidad del ejercicio


En el caso del Órgano Judicial, a más de suponerse que la legitimidad del ejercicio de la función jurisdiccional es antecedida por un proceso de selección propio a un sistema de selección de personal, se compone también por cuestiones de organización interna que se manifiestan en el desarrollo de los trámites; en tal sentido, el art. 68 de la LOJ establece el orden de suplencias para los supuestos de recusación, excusa o cualquier otro impedimento; precisando un devenir ordenado, y progresivo, previendo primero el agotamiento en número dentro de una misma materia y el orden de prelación de materias a partir de nueve supuestos. En lo que toca al presente caso, el ordinal 7 de aquel articulado, señala que la prelación de materia se rige con la secuencia “De penal, a los de materia civil y comercial y familia, en ese orden”; vector que orienta no solo reacciones procesales ante efectos del trámite (excusa y recusación) o situaciones repentinas (cualquier otro impedimento), sino que constituye también el orden prestablecido que garantiza un juzgamiento por un tribunal establecido con posterioridad al hecho