AUTO 290/1989, de 5 de junio

Fecha: 05-Jun-1989

Único. La excusa del Abogado designado de oficio para la defensa del recurrente, se formuló dentro del plazo de diez días que, de conformidad con el artículo 9 del Acuerdo del Pleno de este Tribunal de 20 de diciembre de 1982, se le otorgó por providencia de 7 de noviembre de 1988, cuyo plazo se ratificó por providencia de 13 de marzo de 1989. Pes...

AUTO 293/1989, de 5 de junio

Fecha: 05-Jun-1989

1. Deben entenderse subsanados por el recurrente los defectos formales advertidos en la providencia de 21 de noviembre de 1988, subsistiendo, no obstante, de manera manifiesta e insubsanable, la falta de contenido constitucional de la demanda que justifique una decisión sobre el fondo de la misma por parte de este Tribunal [art. 50.1 c) de la LOTC...

AUTO 294/1989, de 5 de junio

Fecha: 05-Jun-1989

1. El art. 56 de la LOTC prevé la suspensión, con o sin afianzamiento, de la ejecución del acto de los poderes públicos por razón del cual se reclame el amparo constitucional, cuando la ejecución hubiere de ocasionar un perjuicio que haría perder al amparo su finalidad; aunque también permite dicho art. 56 denegar la suspensión cuando de ésta pued...

AUTO 300/1989, de 5 de junio

Fecha: 05-Jun-1989

1. Acuden los actores ante este Tribunal en solicitud de amparo del ejercicio de su derecho fundamental a comunicar libremente información veraz por cualquier medio de difusión, reconocido en el art. 20.1 d) del Texto constitucional. Tal solicitud hallaría su razón de ser en la vulneración de aquel derecho en su sentir producida por la condena jud...

AUTO 301/1989, de 5 de junio

Fecha: 05-Jun-1989

1. Ha acreditado el actor que el Auto de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo de 27 de octubre de 1988, que puso fín a la vía judicial, le fue notificado, como alegaba en su demanda, el 10 de noviembre de dicho año. No concurre, por tanto, la primera causa de inadmisión sobre la que se le advirtió en nuestra providencia de 17 de abril de 1989. 2. L...

AUTO 303/1989, de 5 de junio

Fecha: 05-Jun-1989

1. Es cierto que, como en varias ocasiones ha manifestado este Tribunal, el art. 9.3 de la Constitución, además de garantizar la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, garantiza también, interpretado a contrario sensu, la retroactividad de la Ley penal más favorable. Pero igualmen...

AUTO 310/1989, de 5 de junio

Fecha: 05-Jun-1989

Único. El solicitante de amparo ha justificado la presentación de la demanda dentro de plazo, y además la invocación en el previo proceso judicial de los derechos reconocidos en los artículos 14 y 28.1 de la Constitución, no así del derecho a la tutela judicial efectiva, por lo que esta cuestión ha de ser excluida de consideración en este momento,...

AUTO 313/1989, de 5 de junio

Fecha: 05-Jun-1989

1. No concurre la primera causa de inadmisión puesta de manifiesto en su día, ya que, según se deduce del testimonio de las actuaciones en que trae su origen el presente recurso de amparo, la fecha de notificación del Auto que resolvió la aclaración es la manifestada por la representación del recurrente. Por otro lado, y aunque la aclaración solic...

AUTO 315/1989, de 5 de junio

Fecha: 05-Jun-1989

1. No concurre la causa de inadmisión puesta de manifiesto en su día y relativa a la falta de invocación tan pronto como hubo ocasión para ello de los derechos presuntamente vulnerados; aunque la representación de la demandante se ha limitado a afirmar cuáles fueron los distintos momentos en que se alegaron los distintos derechos, sin acreditar di...

AUTO 322/1989, de 6 de junio

Fecha: 06-Jun-1989

1. De acuerdo con los arts. 68 y 69 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en el supuesto que un órgano de la Administración del Estado o de una Comunidad Autónoma declinare su competencia para resolver cualquier pretensión deducida ante el mismo por persona física o jurídica, por entender que la competencia corresponde a una Comunidad Au...

AUTO 330/1989, de 19 de junio

Fecha: 19-Jun-1989

1. El requisito establecido en el art. 44.1 c) de la LOTC, para la viabilidad del recurso de amparo, no tiene un carácter formalista sino que responde a la naturaleza subsidiaria de dicha vía constitucional, según resulta configurada en los arts. 53.2 y 161 b) de la Constitución. Por ello, si bien debe excluirse una interpretación literalista y ri...

AUTO 333/1989, de 19 de junio

Fecha: 19-Jun-1989

1. Reiteradamente ha señalado este Tribunal que, cuando se advierte inicialmente el posible incumplimiento de alguna de las exigencias establecidas por su Ley Orgánica para la sustanciación del recurso de amparo formulado y se otorga al demandante la oportunidad de audiencia prevista en el art. 50.3, pesa sobre éste la carga de probar su observanc...

AUTO 335/1989, de 19 de junio

Fecha: 19-Jun-1989

Único. Procede confirmar la concurrencia de la causa de inadmisión advertida en la providencia de 13 de febrero de 1989. Como recuerda el Ministerio Fiscal, es reiterada doctrina de este Tribunal que la falta de emplazamiento personal es una infracción que sólo produce lesión constitucional cuando, pese a haber mantenido el ciudadano una actitud d...

AUTO 337/1989, de 19 de junio

Fecha: 19-Jun-1989

1. En el escrito de la demanda, los recurrentes impugnan el Auto de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 6 de octubre de 1988, por entender que dicha resolución ha vulnerado el derecho a la presunción de inocencia que les garantiza el art. 24.2 de la Constitución. Posteriormente, en el trámite abierto, según obra en antecedentes, al amparo del ...

AUTO 338/1989, de 19 de junio

Fecha: 19-Jun-1989

1. Según obra en antecedentes, esta Sección acordó por providencia de 27 de abril de 1989, poner de manifiesto a la recurrente y al Ministerio Fiscal, para que formulasen las alegaciones que tuviesen por convenientes, la posible concurrencia en la demanda de amparo de las causas de inadmisión previstas en el art. 50.1 a), en relación con el art. 4...

AUTO 339/1989, de 19 de junio

Fecha: 19-Jun-1989

Único. Aunque el silencio no pueda, en términos generales, ser considerado como declaración positiva de aceptación, la falta de alegaciones entraña una renuncia a la contradicción de los elementos de debate que la Sección puso de relieve en su providencia de 18 de mayo pasado. El presente recurso de amparo se encuentra interpuesto contra la provid...

AUTO 340/1989, de 19 de junio

Fecha: 19-Jun-1989

Único. La demandante de amparo ha acompañado copia de la Sentencia dictada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid, de 22 de octubre de 1988, objeto de este recurso, quedando, pues, subsanado el defecto en su día advertido y decaída la primera de las causas de inadmisión puestas de manifiesto a las partes en nuestra providencia...

AUTO 341/1989, de 19 de junio

Fecha: 19-Jun-1989

1. Tras las alegaciones formuladas por el recurrente, ha quedado subsanado el defecto relativo a la extemporaneidad del recurso advertido en nuestra providencia como primera causa de inadmisión. Sin embargo, es preciso confirmar la ausencia de contenido constitucional de la demanda de amparo que justifique una decisión sobre el fondo de la misma, ...

AUTO 346/1989, de 19 de junio

Fecha: 19-Jun-1989

Único. Como hemos dicho en nuestra STC 20/1982, que el demandante de amparo cita tanto en su demanda como en el escrito presentado en este trámite, la desviación entre lo pedido y lo concedido que implica la incongruencia, constituye una violación del derecho a la tutela judicial efectiva cuando es de tal entidad que implica una compleja modificac...

AUTO 349/1989, de 19 de junio

Fecha: 19-Jun-1989

1. Concretado el motivo del recurso de amparo en la vulneración del derecho fundamental a la libertad sindical (art. 28.1 C.E.), que la demanda entiende producida como consecuencia de que el fallo de la Sentencia impugnada niega a un delegado sindical de la recurrente, no perteneciente a ninguno de los Comités de Centro, el derecho a asistir a las...