AUTO 105/1995, de 21 de marzo
Fecha: 21-Mar-1995
1. Examinadas las alegaciones formuladas por el recurrente y el Ministerio Fiscal en el trámite de admisión, procede apreciar la concurrencia en el presente caso de la causa de inadmisión del art. 50.1 c) LOTC, de la que fueron advertidas las partes por providencia de 16 de enero de 1995. La demanda carece, en efecto, manifiestamente, de contenido...