AUTO 23/1999, de 8 de febrero
Fecha: 08-Feb-1999
1. El recurrente denuncia la lesión de los arts. 14 y 23.2 CE que le habrían producido la resolución del Dirección General de la Función Pública de la Consejería de Presidencia de la junta de Extremadura, de fecha 23 de junio de 1994, y la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de 10 de julio de 1996, que la confirmó, y ello, ...