AUTO 46/2005, de 1 de febrero

Fecha: 01-Feb-2005

1. Al amparo de lo dispuesto en el art. 56.1 LOTC, la Sala que conozca de un recurso de amparo suspenderá la ejecución del acto de los poderes públicos por razón del cual se solicita el amparo cuando de llevarse a cabo la ejecución se “hubiere de causar un perjuicio que haría perder al amparo su finalidad”, si bien la suspensión podría denegarse s...

AUTO 47/2005, de 1 de febrero

Fecha: 01-Feb-2005

1. Como se ha dejado constancia en los antecedentes, don Juan Carlos Bello Ceva, demandante en el recurso de amparo núm. 2389-2003 que dio lugar a la STC 76/2004, de 26 de abril, solicitó de este Tribunal que se instara del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria núm. 1 de Extremadura el cumplimiento de dicha Sentencia. Iniciado el incidente de ejecuc...

AUTO 48/2005, de 1 de febrero

Fecha: 01-Feb-2005

1. Al amparo de lo dispuesto en el art. 56.1 LOTC, la Sala que conozca de un recurso de amparo suspenderá la ejecución del acto de los poderes públicos por razón del cual se solicita el amparo cuando de llevarse a cabo la ejecución se "hubiere de causar un perjuicio que haría perder al amparo su finalidad", si bien la suspensión podría denegarse s...

AUTO 49/2005, de 1 de febrero

Fecha: 01-Feb-2005

1. De acuerdo con lo dispuesto en el art. 56.1 LOTC, la Sala que conozca de un recurso de amparo acordará la suspensión de la ejecución del acto de los poderes públicos por razón del cual se reclame el amparo cuando dicha ejecución, caso de llevarse a cabo, “hubiere de causar un perjuicio que haría perder al amparo su finalidad”, consagrándose, en...

AUTO 50/2005, de 1 de febrero

Fecha: 01-Feb-2005

1. Establece el art. 56.1 LOTC que “la Sala que conozca de un recurso de amparo suspenderá, de oficio o a instancia del recurrente, la ejecución del acto de los poderes públicos por razón del cual se reclame el amparo constitucional, cuando la ejecución hubiere de ocasionar un perjuicio que haría perder al amparo su finalidad. Podrá, no obstante, ...

AUTO 51/2005, de 1 de febrero

Fecha: 01-Feb-2005

1. De acuerdo con lo dispuesto en el art. 56.1 LOTC la Sala que conozca de un recurso de amparo acordará la suspensión de la ejecución del acto de los poderes públicos por razón del cual se reclame el amparo cuando dicha ejecución, caso de llevarse a cabo, ”hubiere de causar un perjuicio que haría perder al amparo su finalidad”. Por su parte el in...

AUTO 52/2005, de 2 de febrero

Fecha: 02-Feb-2005

Único. El desistimiento aparece contemplado como modo de terminación de los procesos constitucionales en el art. 86 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, cuyo art. 80 remite, a su vez, a la Ley de enjuiciamiento civil para la regulación con carácter supletorio de este acto procesal (arts. 19.1 y 20.2 LEC), que puede ser parcial, cuando a...

AUTO 53/2005, de 2 de febrero

Fecha: 02-Feb-2005

Único. El desistimiento aparece contemplado como modo de terminación de los procesos constitucionales en el art. 86 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, cuyo art. 80 remite, a su vez, a la Ley de enjuiciamiento civil para la regulación con carácter supletorio de este acto procesal (art.19.1 y 20.2 LEC), que puede ser parcial, cuando afe...

AUTO 54/2005, de 2 de febrero

Fecha: 02-Feb-2005

Único. El desistimiento aparece contemplado como modo de terminación de los procesos constitucionales en el art. 86 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, cuyo art. 80 remite, a su vez, a la Ley de enjuiciamiento civil para la regulación con carácter supletorio de este acto procesal (arts. 19.1 y 20.2 LEC), que puede ser parcial, cuando a...

AUTO 55/2005, de 2 de febrero

Fecha: 02-Feb-2005

Único. El desistimiento aparece contemplado como modo de terminación de los procesos constitucionales en el art. 86 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, cuyo art. 80 remite, a su vez, a la Ley de enjuiciamiento civil para la regulación con carácter supletorio de este acto procesal (arts. 19.1 y 20.2 LEC), que puede ser parcial, cuando a...

AUTO 56/2005, de 2 de febrero

Fecha: 02-Feb-2005

Único. El desistimiento aparece contemplado como modo de terminación de los procesos constitucionales en el art. 86 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, cuyo art. 80 remite, a su vez, a la Ley de enjuiciamiento civil para la regulación con carácter supletorio de este acto procesal (arts. 19.1 y 20.2 LEC), que puede ser parcial, cuando a...

AUTO 57/2005, de 2 de febrero

Fecha: 02-Feb-2005

Único. El desistimiento aparece contemplado como modo de terminación de los procesos constitucionales en el art. 86 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, cuyo art. 80 remite, a su vez, a la Ley de enjuiciamiento civil para la regulación con carácter supletorio de este acto procesal (arts. 19.1 y 20.2 LEC), que puede ser parcial, cuando a...

AUTO 58/2005, de 2 de febrero

Fecha: 02-Feb-2005

Único. Con arreglo a lo dispuesto en el art. 163 CE, este Tribunal ha declarado, de modo reiterado, que la terminación del proceso a quo por desistimiento determina la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad suscitada en aquel proceso, pues la pendencia del proceso a quo “constituye un presupuesto del proceso constitucional de tal modo qu...

AUTO 59/2005, de 2 de febrero

Fecha: 02-Feb-2005

Único. Con arreglo a lo dispuesto en el art. 163 CE este Tribunal ha declarado, de modo reiterado, que la terminación del proceso a quo por desistimiento determina la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad suscitada en aquel proceso, pues la pendencia del proceso a quo “constituye un presupuesto del proceso constitucional de tal modo que...

AUTO 60/2005, de 2 de febrero

Fecha: 02-Feb-2005

1. Este Tribunal insiste reiteradamente en su doctrina en la importancia que tiene la tramitación correcta de las cuestiones de inconstitucionalidad, en concreto, el cumplimiento de las formalidades previas a su planteamiento formal. Entre dichas formalidades, se encuentra la relativa al trámite de audiencia a las partes y al Ministerio Fiscal, tr...

AUTO 61/2005, de 8 de febrero

Fecha: 08-Feb-2005

1. El Ministerio Fiscal ha recurrido en súplica la providencia de esta Sección de 19 de julio de 2004, en la que se decidió, por unanimidad, inadmitir el recurso de amparo promovido por Vicayus, S.L., al entender concurrente la causa del art. 50.1 c) LOTC. Aduce aquél como justificación de su recurso que la Sección Primera de este Tribunal ha admi...

AUTO 62/2005, de 9 de febrero

Fecha: 09-Feb-2005

1. Una vez examinadas las alegaciones expuestas por el recurrente y el Ministerio Fiscal, hemos de concluir que la demanda carece de contenido constitucional que justifique una decisión sobre su fondo por parte de este Tribunal, causa de inadmisión prevista en el art. 50.1 c) LOTC. 2. Con carácter previo, en relación con la denunciada falta de pro...

AUTO 65/2005, de 14 de febrero

Fecha: 14-Feb-2005

1. El demandante de amparo imputa al Auto de aclaración de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de 21 de diciembre de 2000 la vulneración de su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva sin indefensión (art. 24 CE) por ser contrario al principio de intangibilidad, al principio de contradicción, incurrir en incongruencia e...

AUTO 66/2005, de 14 de febrero

Fecha: 14-Feb-2005

1. Según se dispone en el art. 56.1 LOTC la Sala que conozca de un recurso de amparo acordará la suspensión de la ejecución del acto de los poderes públicos por razón del cual se reclame el amparo cuando dicha ejecución, caso de llevarse a cabo, “hubiere de causar un perjuicio que haría perder al amparo su finalidad”. Ahora bien, el segundo inciso...

AUTO 67/2005, de 14 de febrero

Fecha: 14-Feb-2005

1. La demanda de amparo imputa a la resolución del Delegado de Gobierno en La Rioja de 22 de octubre 2002 y al Auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja de 10 de enero de 2003 que desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la misma, la vulneración de los derechos a la igu...