ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 82/2021 Y SU ACUMULADA 86/2021. INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y DIVERSOS SENADORES INTEGRANTES DE LA LXIV LEGISLATURA. 26 DE ABRIL DE 2022. PONENTE: NORMA
Fecha: 18-Nov-2022
Es Precisamente En Este Ámbito Donde Se Inserta La Protección De Los Datos Personales
140. Al respecto, esta Corte ha sostenido que la protección de datos personales tiene su núcleo en la noción de intimidad y privacidad.(70)
142. Sobre esta materia, resultan orientadores los Principios Actualizados sobre la Privacidad y la Protección de los Datos Personales adoptados por el Comité Jurídico Interamericano,(72) (en adelante el CJI) con el objeto de poder contribuir en los países americanos al desarrollo de un marco vigente para salvaguardar los derechos de la persona a la protección de sus datos personales y a la autodeterminación informativa (en adelante "los Principios del CJI").
143. El objetivo de estos principios es proteger a las personas de la recopilación, el uso, la retención y la divulgación ilícitos o innecesarios de datos personales, proporcionando los elementos básicos de una protección efectiva, desplegando su ámbito de aplicación sobre aquellos datos recopilados o administrados por entidades públicas o privadas existentes en cualquier soporte físico o digital.
144. Igualmente, útiles resultan los "Estándares de Protección de Datos Personales para los Estados Iberoamericanos", aprobados por unanimidad en el XV Encuentro Iberoamericano de Protección de Datos, celebrado el veinte de junio de dos mil diecisiete, en Santiago de Chile (en adelante "Los Estándares Iberoamericanos").
145. En ellos se contiene un conjunto de directrices orientadoras que pretenden garantizar el ejercicio y tutela efectivos del derecho a la protección de datos personales, así como facilitar el flujo de estos datos a fin de coadyuvar con el crecimiento económico y social de la región, proporcionando un conjunto de principios y derechos comunes que los Estados miembros puedan adoptar y desarrollar en sus legislaciones nacionales logrando contar con reglas homogéneas en la región.
146. Finalmente, encontramos el ya citado Convenio 108 para la Protección de las Personas con respecto al Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal, el cual en su artículo 1 establece que su fin es garantizar en el territorio de cada Parte, a cualquier persona física sean cuales fueren su nacionalidad o su residencia, el respeto de sus derechos y libertades fundamentales, concretamente su derecho a la vida privada, con respecto al tratamiento automatizado de los datos de carácter personal correspondientes a dicha persona ("protección de datos").
148. Igualmente, identifican los datos personales sensibles como esta categoría más estrecha que abarca los datos que afectan a los aspectos más íntimos de las personas. Según el contexto cultural, social o político, esta categoría podría abarcar, por ejemplo, datos relacionados con la salud personal, las preferencias sexuales o vida sexual, las creencias religiosas, filosóficas o morales, la afiliación sindical, los datos genéticos, los datos biométricos dirigidos a identificar de manera unívoca a una persona física, las opiniones políticas o el origen racial o étnico, información sobre cuentas bancarias, documentos oficiales, información recopilada de niños y niñas o geolocalización personal.
149. Cabe precisar que estos conceptos coinciden con las definiciones incorporadas por la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados y la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.(73)
150. Sobre esta base conceptual, debe decirse que la protección de los datos personales es de importancia fundamental para que una persona pueda disfrutar de su derecho a la vida privada, de ahí que deban establecerse garantías adecuadas a fin de impedir cualquier uso de estos datos que pueda ser incompatible con el debido goce de este derecho. Esta necesidad es aún mayor cuando se trata de la protección de datos personales sometidos a tratamiento automatizado, sobre todo cuando se utilizan con fines policiales. El derecho interno debe garantizar que los datos objeto de tratamiento sean pertinentes y no excesivos en relación con los fines para los que se almacenan; y se conserven en una forma que permita la identificación de los interesados durante un tiempo no superior al necesario para la finalidad para la que se almacenan. También se deben establecer garantías adecuadas de que los datos personales conservados estén protegidos eficazmente contra el uso indebido y el abuso. Estas salvaguardas requieren de una mayor fuerza en lo que respecta a la protección de las categorías especiales de datos más sensibles.(74)
- Resultando
- A Órgano Legislativo Congreso De La Unión Cámara De Senadores Y Cámara De Diputados
- B Órgano Ejecutivo Y Autoridades Promulgadoras Titular Del Poder Ejecutivo De La Unión
- En Segundo Lugar La Medida No Resulta Idónea Para Conseguir Su Propósito De Inhibir Delitos
- Décimo El Decreto Impugnado Contiene Una Medida Que No Supera El Test De Proporcionalidad
- Considerando
- A Legitimación Del Inai
- B Legitimación De Los Senadores Integrantes De La Lxiv Legislatura
- Ahora Bien La Demanda La Suscriben Los Siguientes Cuarenta Y Ocho Senadores
- Estudio De Fondo
- Tanto La Deliberación Parlamentaria Como Las Votaciones Deben Ser Públicas
- Ii Falta De Fundamentación Y Motivación Del Acto Legislativo
- Iii Violaciones Cometidas Al Aprobarse El Dictamen Por Las Comisiones Unidas
- Artículo
- Las Votaciones Nominales Se Realizan A Través Del Sistema Electrónico
- Séptimovulneración A Los Derechos De Privacidad Intimidad Y Protección De Datos Personales
- A Límites A Los Derechos Humanos Y Sus Condiciones De Validez
- En Estos Casos Las Gradas Que Deben Analizarse Son Las Siguientes
- I Ámbito De Protección De Los Derechos A La Privacidad Intimidad Y Protección De Datos Personales
- Es Precisamente En Este Ámbito Donde Se Inserta La Protección De Los Datos Personales
- Sobre Los Datos Personales Sensibles El Principio Nueve Del Cji Establece Lo Siguiente
- Tratamiento De Datos Personales De Carácter Sensible
- C Se Cuente Con El Consentimiento Expreso Y Por Escrito Del Titular
- Artículo Para El Ejercicio De Sus Atribuciones Corresponde Al Instituto
- Del Registro Público De Telecomunicaciones
- Del Padrón Nacional De Usuarios De Telefonía Móvil
- Iv Nacionalidad
- X Los Avisos Que Actualicen La Información A Que Se Refiere Este Artículo
- Artículo Los Concesionarios De Telecomunicaciones Y En Su Caso Los Autorizados Deberán
- A Nombre Denominación O Razón Social Y Domicilio Del Suscriptor
- G La Ubicación Digital Del Posicionamiento Geográfico De Las Líneas Telefónicas Y
- Sanciones En Materia Del Padrón Nacional De Usuarios De Telefonía Móvil
- Ii No Registrar Un Número De Línea Telefónica Móvil
- V De Dos A Tres Veces El Lucro Indebido Obtenido Para La Comprendida En La Fracción Vi
- Transitorios
- Ii Segunda Etapa Análisis De Las Distintas Gradas Que Integran La Prueba De Proporcionalidad
- A Continuación Se Emprende La Contestación A Cada Una De Estas Interrogantes
- Fin Constitucionalmente Válido
- Este Tribunal Pleno Estima Que Sí En Atención A Las Siguientes Consideraciones
- Idoneidad De La Medida
- Necesidad De La Medida
- Ley Federal De Telecomunicaciones Y Radiodifusión
- Artículo Actos De Investigación Que Requieren Autorización Previa Del Juez De Control
- Iii La Intervención De Comunicaciones Privadas Y Correspondencia
- Artículo Intervención De Las Comunicaciones Privadas
- Artículo Requisitos De La Solicitud
- Artículo Objeto De La Intervención
- Artículo Registro
- Artículo Conclusión De La Intervención
- Artículo Destrucción De Los Registros
- Artículo Colaboración Con La Autoridad
- Artículo Deber De Secrecía
- Artículo Localización Geográfica En Tiempo Real Y Solicitud De Entrega De Datos Conservados
- Artículo Los Concesionarios De Redes Públicas De Telecomunicaciones Deberán
- A Número Y Modalidad De La Línea Telefónica
- Entonces Cabe Preguntarse Para Qué Ha Servido El Renaut
- Finalmente Se Estima Que Esta Objeción Parte De Un Enfoque Equivocado
- Principio De Calidad
- C Conclusión
- Sobre Este Punto Conviene Agregar Algunos Aspectos Adicionales
- Principio Cinco Confidencialidad
- Principio Seis Seguridad De Los Datos
- Primeroes Procedente Y Fundada La Acción De Inconstitucionalidad Y Su Acumulada
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- En Materia Electoral Para El Cómputo De Los Plazos Todos Los Días Son Hábiles
- Artículo La Dirección General De Asuntos Jurídicos Tendrá Las Siguientes Funciones
- Artículo Son Atribuciones Del Pleno Las Siguientes
- Artículo Corresponde Al Pleno Del Instituto
- Artículo Los Comisionados Tendrán Las Siguientes Funciones
- Xvi Suscribir Los Acuerdos Actas Resoluciones Y Demás Documentos Que Determine El Pleno
- Consultable En El Enlace Httpswwwsenadogobmxsenador
- Art El Congreso Tiene Facultad
- Toda Persona Tiene Derecho Al Respeto De Su Honra Y Al Reconocimiento De Su Dignidad
- Artículo Objeto Y Fin
- Comité De Derechos Humanos Observación General No Artículo Derecho A La Intimidad
- Artículo Categorías Particulares De Datos
- Artículo Para Los Efectos De La Presente Ley Se Entenderá Por
- Artículo Para Los Efectos De Esta Ley Se Entenderá Por
- Adoptados Mediante Resolución Cjires Xcviii De Nueve De Abril De Dos Mil Veintiuno
- Ibídem Páginas Y
- Consultable En El Siguiente Link Httpsbitiftorgmxbitwebappinformacionestadisticaxhtml
- Lgpdppso
- Véase Cidh Caso Escher Y Otros Vs Brasil Sentencia De De Julio De Párrs Y
- Principio De Seguridad
- C Los Costos De Aplicación
- I Las Vulneraciones Previas Ocurridas En El Tratamiento De Datos Personales