CONTRADICCIÓN DE TESIS 4/2020. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO Y EL CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA DÉCIMA REGIÓN, CON RESIDENCIA EN SALT
Fecha: 21-Oct-2022
Deje Insubsistente El Laudo Reclamado Y
"2. Única y exclusivamente por cuanto hace a los actores ********** y ********** ordene la reposición del procedimiento hasta la etapa de ofrecimiento de pruebas y alegatos a fin de que, previo a dar por iniciadas dichas etapas, desahogue la fase conciliatoria, proponiendo a las partes opciones de solución justas y equitativas, que a su juicio, sean adecuadas para dar por terminada la controversia y, sólo en caso de que las partes no lleguen a un acuerdo, aperture la etapa de pruebas y alegatos, y continúe con el procedimiento dejando abierta la posibilidad a las partes de conciliar en todo momento si así lo estiman pertinente.
"3. Hecho lo cual, en su oportunidad, con plenitud de jurisdicción emita un nuevo laudo resolviendo lo que en derecho corresponda, debidamente firmado por todos sus integrantes, así como por el secretario que autoriza y da fe.
"Por lo expuesto y fundado, con apoyo en los artículos 74, 76, 77 y 79 de la Ley de Amparo, en relación con el 35 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se
"RESUELVE:
"PRIMERO.—En el juicio de amparo principal, la Justicia de la Unión ampara y protege a ********** y **********, contra el acto que reclamó del Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios con residencia en Ciudad, Victoria, Tamaulipas, consistente en el laudo de siete de agosto de dos mil diecinueve, dictado en el expediente 1339/M/2016 para los efectos precisados en el último considerando de esta ejecutoria de amparo.
"SEGUNDO.—En el juicio de amparo adhesivo, la Justicia de la Unión ampara y protege al **********, contra el acto que reclamó del Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios con residencia en Ciudad, Victoria, Tamaulipas, consistente en el laudo de siete de agosto de dos mil diecinueve, dictado en el expediente 1339/M/2016 para los efectos precisados en el último considerando de este fallo."
De la ejecutoria transcrita con antelación se desprende que el Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Décima Región, con residencia en Saltillo, Coahuila de Zaragoza, tuvo en cuenta, esencialmente, lo siguiente:
- Primerodenuncia De La Contradicción De Tesis
- I Radicación
- Ii Informes
- Primerocompetencia
- Segundolegitimación
- Terceroposturas Contendientes
- Aclaración Previa
- Omisión De Celebrar La Etapa Conciliatoria
- Artículo
- Artículo Aplicación De Las Leyes Laborales
- A Nombrar Y Capacitar Inspectores
- D Requerir Informes Y El Mantenimiento De Registros
- F Proveer O Fomentar Los Servicios De Mediación Conciliación Y Arbitraje
- Supletoriedad De Las Leyes Requisitos Para Que Opere Se Transcribe
- Artículo La Etapa Conciliatoria Se Desarrollará En La Siguiente Forma
- Artículo La Etapa De Demanda Y Excepciones Se Desarrollará Conforme A Las Normas Siguientes
- B De Demanda Y Excepciones
- Inserta Cuatro Imágenes
- Falta De Firma Del Laudo
- Artículo Se Transcribe
- Inserta Una Imagen
- Aspectos De Estudio Innecesario
- Deje Insubsistente El Laudo Reclamado Y
- Antecedentes Del Juicio Laboral
- El Siete De Julio De Dos Mil Diecisiete Se Celebró La Audiencia De Pruebas Y Alegatos
- El Tribunal Colegiado Sostuvo
- Novenoestudio Son Inoperantes E Infundados Los Motivos De Inconformidad Propuestos
- Página
- Conciliación
- Es Infundado Lo Recién Sintetizado
- Para Justificar La Anterior Postura Conviene Hacer Algunas Precisiones En Torno Al Procedimiento
- Iv Derogada Dof De Noviembre De
- Supletoriedad De Las Leyes Procesales Principios Que La Rigen Se Transcribe
- Prima Vacacional
- Es Fundado Pero Inoperante El Anterior Argumento
- El Veintiuno De Junio De Dos Mil Diecisiete Se Llevó A Cabo La Audiencia De Pruebas Y Alegatos
- Cuartoexistencia De La Contradicción
- Primer Requisito Arbitrio Judicial
- Segundo Requisito Ejercicio Interpretativo Realizado Sobre Un Mismo Punto Jurídico
- Tercer Requisito Surgimiento De La Pregunta Que Detona La Procedencia De La Contradicción
- Quintoidentidad De Disposición Jurídica Analizada
- Sextocriterio Que Debe Adoptarse
- Artículo A Ninguna Ley Se Dará Efecto Retroactivo En Perjuicio De Persona Alguna
- El Dictado De Una Resolución Que Dirima Las Cuestiones Debatidas
- C Una Posterior Al Juicio Identificada Con La Eficacia De Las Resoluciones Emitidas
- El Énfasis Es Propio
- Se Resuelve
- Couture J Eduardo Vocabulario Jurídico Página
- Foja Ibídem
- Vii Sin Su Culpa Se Reciban Sin Su Conocimiento Las Pruebas Ofrecidas Por Las Otras Partes
- B Entre Los Poderes De La Unión Y Sus Trabajadores