CONTRADICCIÓN DE TESIS 18/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL DÉCIMO CIRCUITO, CON SEDE EN VILLAHERMOSA, TABASCO Y EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA DÉCIMO PRIMERA REGIÓN, CON RE
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE TESIS 18/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL DÉCIMO CIRCUITO, CON SEDE EN VILLAHERMOSA, TABASCO Y EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA DÉCIMO PRIMERA REGIÓN, CON RE

Fecha: 08-Jul-2022

Decreto

"‘Artículo único. Para los efectos señalados en el artículo segundo transitorio del Código Nacional de Procedimientos Penales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 05 de marzo de 2014, se declara que en el Estado de Tabasco se incorpora a su régimen jurídico el Código Nacional de Procedimientos Penales que entrará en vigor de manera gradual, por regiones de conformidad con las siguientes prevenciones:

"‘Región 1. Macuspana, al día siguiente de cumplidos sesenta días naturales a partir de la vigencia del presente Decreto.