DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2014

Fecha: 13-Nov-2014

Artículo 20.-       CLAUSULA DE SUPLETORIEDAD

En caso de que exista un vacío legal en la presente COM en el marco de nuestras competencias, el órgano legislativo municipal, deberá sancionar una ley municipal interpretativa y/ o complementaria. Debiendo en tal caso, aplicar un procedimiento de consulta previa a los representantes de los sectores involucrados con el objeto de la Ley.