DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2014

Fecha: 13-Nov-2014

numeral 31

En cuanto se refiere al numeral 31, corresponde realizar un entendimiento en cuanto a la primera parte del mismo que refiere: “Ordenar la demolición de los inmuebles que no cumplan con las normas de servicios básicos, de uso del suelo, subsuelo y sobresuelo, normas urbanísticas y normas administrativas especiales”, que debe efectivizarse previo proceso y trámite previsto en la normativa correspondiente, cuidando de que no se vulnere el debido proceso, como garantía fundamental. En cuanto a la segunda parte de la norma analizada que previene “…por sí mismo o con la cooperación de las autoridades nacionales centrales, departamentales y reguladoras; así como la reasignación del uso del suelo que corresponda”, corresponde declarar su incompatibilidad en cuanto a que incurre en invasión competencial al asumir la cooperación de autoridades del nivel central y departamental, además de asumir como competencia del municipio de El Villar “la reasignación del uso del suelo” que no le corresponde.