DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2016

Fecha: 11-Feb-2015

“ARTÍCULO 74. COMPETENCIAS COMPARTIDAS.

El ejercicio de las competencias compartidas se lo hará en función a legislación nacional básica emitida por la Asamblea Legislativa Plurinacional; correspondiendo al Concejo Municipal emitir legislación de desarrollo, para su posterior reglamentación y ejecución por el Órgano Ejecutivo en el marco de lo establecido por la Constitución Política del Estado”.