DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2016

Fecha: 11-Feb-2015

Fragmento 42

El antes numerales 6 y 13 fueron declarados incompatibles por la                   DCP 0154/2015, sin embargo el estatuyente optó por eliminarlos y en atención al art. 116 del CPCo, que establece el objeto del control de constitucionalidad de los proyectos de estatutos autonómicos y cartas orgánicas es confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado y garantizar la supremacía constitucional y al haberse eliminado dichos numerales, no existe contenido normativo que confrontar; por lo que, no se realiza el control de constitucionalidad.