DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2015

Fecha: 25-Feb-2015

Con relación a los parágrafos IV y VI

Las normas analizadas indebidamente asignan funciones a miembros de los sindicatos agrarios y regulan sobre el tiempo de duración del cargo de Defensor del Ciudadano compatibilizándolo al de la gestión de la Central Agraria, incurriendo en una regulación extra-competencial, al tratar de incluir a instancias ajenas a la naturaleza misma del Gobierno Autónomo Municipal de Cajuata, como parte de la estructura de una instancia como es la del Defensor del Ciudadano, la que en todo caso tendría que estar ajena a cualquier criterio político o sindical, por lo que desde ese punto de vista los parágrafos examinados resultan contraproducentes al establecer de manera anticipada la ocupación de un cargo público de tan delicada naturaleza, vulnerando el art. 46.I de la CPE.