DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2015

Fecha: 25-Feb-2015

incompatibilidad del numeral 3

Por tanto y bajo los fundamentos supra desglosados, se declara la incompatibilidad del numeral 3 del art. 14, a efectos de que el mismo sea adecuado conforme los fundamentos precedentes, tomando en cuenta que el Alcalde no podrá intervenir de ninguna forma ni nombrando ni posesionando a los subalcaldes y debiendo tomarse en cuenta además que existen distritos municipales que “no son indígena originario campesinos” quienes elegirán a sus subalcaldes bajo los parámetros constitucionales y legales previstos al efecto.