DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2015

Fecha: 25-Feb-2015

numeral 6

Asimismo y con relación al numeral 6 de la norma en examen, se tiene que si bien la Carta Orgánica Municipal de Cajuata hace mención a una causa de pérdida de mandato, ésta no se encuentra debidamente redactada conforme manda el art. 234 de la CPE, que establece: “Para acceder al desempeño de funciones públicas se requiere: 4. No tener pliego de cargo ejecutoriado, ni sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal, pendientes de cumplimiento.”