DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2015

Fecha: 12-Mar-2015

Artículo 21. (ELECCIÓN DE AUTORIDADES)

           I.- La elección de miembros de los órganos municipales se efectuará, de acuerdo a  las reglas de la democracia representativa y con equivalencia de condiciones entre hombres y mujeres,  mediante sufragio universal, directo y secreto. La lista de candidatos y candidatas al cargo de concejal o concejala deberá incluir la paridad y alternancia de género. Las concejalas y concejales serán elegidos,  según criterios de población y equidad de género.