DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2015

Fecha: 12-Mar-2015

“Artículo 59. (ATRIBUCIONES DE LA ALCALDESA O ALCALDE)

31.   Aplicar las sanciones contra personas individuales y colectivas, públicas o privadas que infrinjan las disposiciones de preservación del patrimonio y dominio de las propiedades públicas, uso común, normas sanitarias básicas, de uso del suelo, medio ambiente, protección a la fauna silvestre, animales domésticos, por transporte y venta de productos alimenticios con plazos vencidos para consumo humano y animal, así como los productos destinados al cultivo vegetal prohibidos, de acuerdo con el Reglamento.