DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2016

Fecha: 15-Nov-2016

art. 31

“El art. 31 referido a los oficiales mayores en su parágrafo I, señala: ‘Los (as) Oficiales Mayores son los funcionarios jerárquicos inmediatos del Alcalde o Alcaldesa Municipal en la dirección y administración del Gobierno Autónomo Municipal, bajo la condición de servidor (a) público (a) de libre nombramiento en función a la confianza, idoneidad y habilidades técnicas de los mismos’; texto del cual se puede advertir que es incompatible con la Constitución Política del Estado; toda vez que; conforme al art. 233 de la Norma Suprema los servidores públicos son electos, designados y de libre nombramiento; razón por la cual, no es la carta orgánica quien determina que tipo o clase de servidores públicos son los oficiales mayores, simplemente porque no le ha sido asignada esa competencia; en ese entendido, toda vez que existe una ley sectorial emitida por el nivel central, esta es la que señala qué requisitos debe observarse para establecer qué tipo o clase de funcionario o servidor público se trata; razón por la cual, se debe reformular el contenido del artículo” (las negrillas son del texto original).