DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2016

Fecha: 15-Nov-2016

“Artículo 34º (Servidoras y Servidores Públicos)

Artículo 34º (Servidoras y Servidores Públicos)Son servidoras y servidores públicos (as) municipales las personas que realicen funciones públicas dentro del Gobierno Autónomo Municipal, los mismos que forman parte de la carrera administrativa, excepto aquellas personas que desempeñen cargos electivos, las designadas y los designados, y quienes ejerzan funciones de libre nombramiento.

2. Los (as) servidores (as) designados (as) y de libre nombramiento que comprenden al personal compuesto por los (as) oficiales (as) mayores y asesores (as) del Gobierno Autónomo Municipal. Dichas personas no se consideran funcionarios de carrera y no se encuentran sujetas (tos) a la Ley General del Trabajo ni el Estatuto del Funcionario Público de acuerdo con lo previsto por la Constitución Política del Estado.