DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2016

Fecha: 15-Nov-2016

“Artículo 11º (Procedimiento de elección) I.

Artículo 11º (Procedimiento de elección) I.El Alcalde o Alcaldesa será elegida o elegido por sufragio universal en lista separada de las concejalas y concejales por mayoría simple. El periodo de mandato del Alcalde o Alcaldesa, al igual que los Concejales (as) es de cinco años, pudiendo ser reelectas o reelectos de manera continua por una sola vez.