DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2016

Fecha: 15-Nov-2016

art. 78

“El art. 78 referido al régimen del adulto mayor en su, parágrafo I, señala que: ‘I. El Gobierno Autónomo Municipal de Baures promueve, en la medida de sus atribuciones y recursos, la integración económica y sociocultural de sus habitantes adultos mayores, aprovechando y revalorizando la sabiduría adquirida por su experiencia de vida, reafirmando el compromiso de brindar protección integral a este sector de la población, con acciones positivas, reconociendo como persona adulta mayor a las personas de 60 años y más’, texto del cual se puede advertir que es incompatible con la Constitución Política del Estado en la frase: ‘reconociendo como persona adulta mayor a las personas de 60 años y más’, porque la carta orgánica no es la norma idónea para reconocer aspectos inherentes a derechos como es el tema desde cuando se considera a una persona adulto mayor; toda vez que, estos están plasmados a partir del art. 67 y ss. en la Norma Suprema” (el resaltado corresponde al texto original).