SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0781/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0781/2016-S3

Fecha: 18-Jul-2016

impactos ambientales mínimos

Tomando en cuenta que como se mencionó, la Secretaría Departamental de Medio Ambiente y Agua de Tarija fue quien, constituida en Autoridad Ambiental Competente Departamental, emitió la certificación de dispensación ambiental, calificando los impactos de la mencionada obra en la Categoría III (Conclusión II.1.9), calificación destinada a proyectos catalogados con impactos ambientales mínimos, y advirtiéndose que una dependencia del mismo Gobierno Departamental certificó la existencia del bosque de vegetación ribereña (Informe Técnico 3 SPDCN/DFOS 5/2014 de 21 de abril), y que en el desarrollo de la Ficha Ambiental así como en el Plan de Medidas de Mitigación, no se hace mención expresa a la cuenca del Guadalquivir, todo ello unido a la inexplicable resistencia de la AACD de brindar la información solicitada respecto de un trámite que en su criterio, ha cumplido con todas las formalidades de ley, impelen la concesión de tutela también con relación a dicha denuncia, ordenando que la Contraloría General del Estado, procedan a la realización de una auditoría al CD 060101/06/PPM/PASA/CD-3/722/13 de 14 de marzo de 2013, emitido por José Félix Gutiérrez Sánchez, Secretario Departamental de Medio Ambiente y Agua del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija, a los fines que se establezcan las responsabilidades civil y/o penal si las hubiera.