SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0339/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0339/2021-S3

Fecha: 09-Jul-2021

En cuanto a las cotizaciones

Sobre este punto, la parte impetrante de tutela refiere que el entonces Fiscal Departamental de forma arbitraria, concluyó que las cotizaciones estuvieron bien hechas, sin observar el agravio realizado respecto a que había diferencias entre los equipos cotizados con otras empresas y las adquiridas de la empresa YUPANA S.R.L., señalando el informe pericial simplemente que dicha empresa ofertó menor precio y que este sería el motivo suficiente para descartar un sobreprecio. Asimismo, indicó que la conclusión arribada en el cuestionado Dictamen Pericial fue asumida por la autoridad fiscal, cuando del mismo se percibía ciertas contradicciones, como el haber establecido que no existe sobreprecio, y por otro lado señalar la inexistencia de documentos, lo que da cuenta de que en realidad no existía prueba plena sobre todo el proceso de licitación.

Al respecto, de la Resolución Jerárquica se advierte que en efecto dicho Dictamen Pericial fue uno de los elementos sobre el cual el Fiscal Departamental sostuvo la inexistencia de sobreprecio, haciendo referencia de forma textual a esta parte de la pericia que justamente concluyó en esta aseveración; sin embargo, la parte ahora peticionante
de tutela califica esta consideración desde el punto de vista de una valoración arbitraria, pues a su criterio no consideró que dicho Dictamen Pericial, si bien concluyó que no había sobreprecio; no obstante, en el mismo se aclaró que no se contó con toda la documentación pertinente; por lo que, la parte accionante considera que la decisión del Fiscal Departamental es bastante cuestionable, quien tergiversando la prueba apoyó su decisión en hechos inexistentes.

Así, como primer aspecto a determinar en el Dictamen Pericial se halla el referido a la existencia de sobreprecio en la adquisición de doce mil quinientos equipos de computación adquiridas por el GAM de Yacuiba dentro del proyecto de provisión de equipos de computación para el programa “Una Computadora por Alumno”, en base a los datos referenciales de cotización en el mercado nacional de compra venta de equipos de computación bajo características similares en la Gestión 2012-2013, sobre lo cual se realizó la
siguiente evaluación: