Auto Supremo AS/0130/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0130/2014-RRC

Fecha: 22-Abr-2014

Por otra parte el Tribunal estableció que la prueba producida en el juicio no permitió


Por otra parte el Tribunal estableció que la prueba producida en el juicio no permitió adquirir convicción: a) Que la muerte de Rufina Morales Tuco de Ayma se hubiere producido el lunes 8 de junio de 2009 en horas de la mañana, por asfixia y/o shock anafiláctico provocado por alergia a la penicilina colocada por Nelly Charo Gonzales Fernández; b) Que la intención y voluntad de Nelly Charo Gonzales Fernández al omitir prestar auxilio y ayuda debida a Rufina Morales Tinuco de Ayma fue resultado del miedo que le provocó el estado de shock al que ingresó la víctima