Auto Supremo AS/0130/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0130/2014-RRC

Fecha: 22-Abr-2014

También se destaca que, el Tribunal de Sentencia identificando los medios probatorios que respaldan sus


También se destaca que, el Tribunal de Sentencia identificando los medios probatorios que respaldan sus apreciaciones, adecuó la conducta de la imputada Nelly Charo Gonzales Fernández en el delito de Asesinato previsto en el art. 252 incs. 2) y 3) del CP, en el entendido de que la imputada provocó la muerte de Rufina Morales Tuco de Ayma por un motivo fútil, bajo, con alevosía y ensañamiento, toda vez que en el centro de los sucesos anteriores al fallecimiento de la víctima, concurrieron circunstancias cargadas de contenido agresivo motivadas por el afán de precautelar la imagen y prestigio de la Farmacia “La Florida” de su propiedad, que en definitiva primaron por encima de la vida de un ser humano; pues en el momento que la imputada advirtió que la inyección que colocó a Rufina Morales Tuco de Ayma no tuvo el efecto esperado, contrariamente le provocó un deterioro en su salud, lejos de procurar auxilio eficaz, que solo podía proporcionar un centro médico; sin embargo, se limitó a buscar la “ayuda” de una de las coimputadas, egresada de la Carrera de Medicina, haciendo abstracción que en la zona existían centros médicos habilitados para el auxilio inmediato