De inicio enfatizar que la Sala no se pronunciará sobre el mérito o fondo en
De inicio enfatizar que la Sala no se pronunciará sobre el mérito o fondo en el que la solicitud de los diecinueve oficios se hayan basado, no correspondiendo analizar su eventual pertinencia ni utilidad, tanto por no ser éste un Tribunal de mérito, como así tener presente que la forma recursiva optada por la defensa alude a la existencia de un defecto procesal que producto la lesión a un derecho, aspecto último que es el margen del presente análisis
- Por memorial presentado el 26 de febrero de 2018, de fs
- I.1. Antecedentes
- a) Por Sentencia 14 de 1 de noviembre de 2012 (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Renatto Cafferata Centeno interpuso recurso de apelación restringida (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 267/2018-RA de 27 de abril,
- 1) Denuncia actividad procesal defectuosa por “ilegal tramitación de excusa y convocatoria a Vocal Iquise” (sic)
- 2) Defecto absoluto por violación del art
- 3) Vulneración a su derecho constitucional a la vida y la integridad física, en el orden
- 4) Actividad procesal defectuosa por ilegal convalidación de restricción indebida del derecho a la defensa, al
- 5) Inobservancia del art
- 6) Errónea aplicación de la Ley Sustantiva sobre los incs
- 7) Actividad procesal defectuosa, en la valoración de la prueba, dado que: i
- II.1. Petitorio
- El recurrente solicitó, que previa admisión de su memorial de casación el Tribunal Supremo de
- III.1. De la Sentencia
- Por Sentencia 14 de 1 de noviembre de 2012, el Tribunal Quinto de Sentencia del
- Posteriormente, Danelio Ángel Vargas Franco, vecino de la fallecida quien se encontraba en su domicilio,
- III.2. De la apelación restringida
- Por memorial visto, de fs
- “Coacción ilegal para prestar declaración en juicio oral” (sic), bajo el argumento de que el
- Restricción indebida del derecho a la defensa, ante la imposición de multa contra los abogados
- Denegación indebida de producción de pruebas extraordinarias, en la mención “de la declaración y producción
- Errónea aplicación de la Ley sustantiva [art
- f) Valoración defectuosa de la prueba, al testimonio de María Lorena Spinato de Vargas, sobre la
- III.3. Auto de Vista 76 de 17 de noviembre de 2017
- La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, conformada con el
- IV.1. Consideraciones Previas
- El recurso que motiva autos posee una constante expositiva, cual es el planteamiento de defectos
- IV.1.1. Estructura del sistema de recursos
- En tal reflexión, abordar el concepto correcto de sometimiento de los jueces a la ley
- El procedimiento penal boliviano, sin duda se halla impregnado de una fuerte tendencia al sistema
- En la estructura general del procedimiento penal, es posible identificar dos grandes esferas, la primera
- Es distinguible un límite entre ambas etapas procesales, tanto en la funcionalidad de sus fines
- Ciertamente, el recurso de casación opera dentro de una naturaleza definida por Ley, posee en
- En esa dirección, por la integración piramidal y jerárquica que el diseño constitucional y el
- IV.1.2. Defecto procesal absoluto
- El Código de Procedimiento Penal, promulgado por la Ley 1970, dentro de la corriente reformista
- Anunciado como está el respeto y total observancia a las formas procesales contenidas en la
- El art
- Dentro del contexto normativo; esto es, la consideración de la ubicación de los defectos procesales
- En consideración de la Sala, la orientación de los defectos procesales absolutos dentro del Código
- En los casos en que el defecto procesal absoluto sea presente, ocurrirá que los procedimientos
- La actividad procesal de los juzgados y Tribunales en la jurisdicción ordinaria tiene un orden
- En relación al derecho al debido proceso, su lesión emergente de un defecto procesal se
- Ciertamente la razón de ser del Órgano Judicial, no radica en el cumplimiento formal de
- IV.1.3. Prueba en el proceso penal
- Del derecho al debido proceso, garantizado desde el art
- De manera específica la misma norma internacional en el acápite 2 del citado art
- La jurisprudencia que antecede es enfática al precisar que el derecho a la defensa debe
- IV.2. Análisis de los motivos planteados en casación
- IV
- Se plantea que la excusa de los Vocales de la Sala Penal Segunda, generó que
- Emitido por la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia con motivo a una denuncia
- Interpuesto el recurso de apelación restringida, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia
- Por memorial presentado el 13 de febrero de 2017, el imputado solicitó a la Sala
- Por Auto 19 de 6 de marzo de 2017, los Vocales Morón Cuellar y Salguero
- El 25 de abril de 2017 por Auto 84 de la fecha, el Vocal Rodríguez
- Por Providencia de 2 de mayo de 2017, a fs
- Emitido el Auto de Vista 44 de 26 de mayo de 2017 y firmado por
- El 6 de septiembre de 2017, previa actuación de recurso de queja es emitido el
- IV.2.1.3. Análisis del motivo en concreto
- El recurrente en esencia reclama que el Auto 26 de 21 de marzo de 2017,
- Bien es cierto que al actual estado del proceso le antecede una seguidilla de actuaciones
- A partir de ahí, surge la separación del proceso por excusa del Vocal Rodríguez Zeballos,
- De lo dicho hasta acá se desprenden dos extremos, por una parte no es evidente
- En tal ámbito, la garantía de un Juez imparcial, no significa, necesariamente que quien juzga
- En el caso de autos, la separación de los Vocales que fueron pronunciando resoluciones anteriores,
- Por otro lado, en cuanto a los actuados de comunicación procesal desplegados en este trámite
- IV.2.2. Sobre la negatoria a emisión de oficios
- Indica el recurrente que el 26 de septiembre de 2011, propuso a la autoridad jurisdiccional
- Tal situación, lleva al recurrente a proponer que el derecho probatorio en materia procesal penal
- La negativa de las autoridades jurisdiccionales amparadas en aspectos sobre igualdad, fue limitativa; ya que,
- A criterio del recurrente, tal hecho limitó la posibilidad de un ejercicio defensivo que sobre
- IV.2.2.1. Referencias procesales vinculadas a la solicitud del recurrente
- El 8 de marzo de 2012, fue llevada a cabo la audiencia conclusiva ante el
- Por su parte, la defensa manifestó que en ese momento la acusación carecía de ciertos
- Tales cuestiones merecieron el pronunciamiento del Auto interlocutorio de 8 de marzo de 2012, en
- El ahora recurrente, en la etapa conclusiva del proceso, en el memorial de ofrecimiento de
- Durante el desarrollo del juicio oral celebrado ante el Tribunal de Sentencia Quinto en lo Penal
- Sustanciado el juicio oral, el Tribunal Quinto de Sentencia, pronunció la Sentencia 14 de 1
- Contra la citada Sentencia, el imputado formuló apelación restringida, de fs
- Los argumentos del Auto de Vista impugnado en relación al presente motivo de casación se
- IV.2.2.2. Análisis del caso en concreto
- Bajo la premisa que quien afirma algo debe probarlo, el Ministerio Público tiene imperativamente la
- El Código de Procedimiento Penal, enfatiza que el derecho a la defensa es amplio e
- Hasta aquí resulta evidente que la configuración procesal, dota no solo al imputado, sino a
- La falta de ofrecimiento oportuno de los medios de prueba para el juicio oral, genera
- En el caso de autos el imputado, expresa queja aduciendo que la negativa a la
- De inicio enfatizar que la Sala no se pronunciará sobre el mérito o fondo en
- Establecido lo anterior, como muestran los antecedentes llegados a casación, el Ministerio Público, por memorial
- Como se tiene dicho, el ejercicio del derecho a la defensa en su faz de
- Notificada la convocatoria, las partes tendrán un plazo común de cinco (5) días para examinar
- En la audiencia las partes podrán
- La audiencia será dirigida por el juez de instrucción y durante su realización no se
- El fiscal en la misma audiencia, podrá aclarar o corregir la acusación
- La glosa que precede en su segundo párrafo, brinda a las partes, se entiende imputado,
- En el caso de autos, si bien se aduce que la solicitud de extensión de
- La citada audiencia conclusiva, en el marco del régimen normativo llevado en ese momento, constituía
- Así, en el presente caso la defensa del recurrente rindió en audiencia conclusiva su oposición
- En autos, no es evidente lo expresado por el recurrente quien sostiene que la negativa
- La alegada lesión al derecho a la defensa, no debe ser vista de manera aislada
- IV.2.3. Sobre la denuncia de coacción ilegal para prestar declaración en juicio oral
- Con el título de “reitera agravio de actividad procesal defectuosa por convalidación de coacción ilegal
- Sobre aquel escenario el recurrente afirma que la celeridad procesal, no debía ser ponderada por
- En este motivo en específico el recurrente pretende la declaratoria de juicio de reenvío por
- IV.2.3.1.Referencias procesales vinculadas a la denuncia de supuesta coacción
- 1) En audiencia de 26 de julio de 2012, el Tribunal de Sentencia convoca a estrados
- 2) Más adelante el propio Tribunal por medio de oficio 538/12 de 1 de agosto, dispuso
- 3) El 10 de agosto de 2012, los médicos designados presentaron ante el Tribunal de sentencia
- 4) Por medio de memorial presentado el 14 de agosto de 2012, el imputado solicitó se
- 5) El 15 de agosto de 2012, en audiencia pública el Tribunal de origen, a horas
- 6) El Auto de Vista 76 de 17 de noviembre de 2017, concluyó: “…al respecto diremos
- La exposición del hecho sobre el que el recurrente alega constituyó defecto absoluto, se halla
- En tal ámbito anotar que el contenido del art
- El imputado desde el inicio de su captura tendrá derecho a ser asistido y a
- Si el imputado está privado de libertad, el encargado de su custodia transmitirá al juez
- A su turno el art
- La declaración del imputado sin la presencia del fiscal y su abogado defensor que contenga
- Si por la duración del acto se notan signos de fatiga o falta de serenidad
- En todos los casos la declaración del imputado se llevará a cabo en un lugar
- Artículo 335. (Casos de suspensión). La audiencia del juicio se suspenderá únicamente cuando
- Por las consideraciones de la norma en específico, traspoladas a los argumentos que el recurrente
- En cuanto, a lo referente a las reglas contenidas en el art
- (…)
- Este derecho-garantía jurisdiccional está relacionado con la condición jurídica del imputado en el proceso penal
- El derecho a declarar es la prerrogativa que posee el imputado de introducir al proceso
- De lo anotado, se extraen la siguientes sub-reglas: a
- En esencia el procedimiento penal, no es ajeno a otro tipo de procesos jurídicos; por
- De hecho en el proceso penal se cierne una pretensión principal, ejercida ya sea por
- En tal entendido, revisados los antecedentes sobre los que el presente motivo de casación tiene
- Recalcar que el sistema acusatorio no estima como forzosamente necesario el impulso procesal del imputado;
- De igual forma, el recurrente riñe con la decisión del Tribunal de origen de no
- El Tribunal de origen en efecto denegó la solicitud de suspensión de la citada audiencia,
- En torno a la denuncia de violación del art
- IV.2.4. Restricción del ejercicio del derecho a la defensa
- El recurrente denuncia actividad procesal defectuosa por ilegal convalidación de restricción indebida del derecho a
- El imputado relata, que su persona acudió a la audiencia de prosecución de juicio oral
- El recurrente considera que estos hechos conculcaron los arts
- a) El 17 de octubre de 2012, se llevó a cabo audiencia de juicio oral, prosiguiendo
- b) El martes 23 de octubre de 2012 a horas 08:45 (fs
- c) En audiencia de juicio oral de 24 de octubre de 2012, conforme lo sentado en
- d) Por secretaría se informó que hasta ese momento no se había presentado justificativo alguno sobre
- e) La decisión se orientó por la prosecución de la audiencia, interviniendo en ese efecto la
- El imputado por medio de memorial presentado el 24 de octubre de 2012, planteó recurso
- h) Este motivo fue desarrollado en el recurso de apelación restringida, y sobre el cual el
- IV.2.4.2. Análisis del caso en concreto
- Antes de emprender el análisis de este motivo, la Sala considera necesario reiterar la ubicación
- Ya en materia, el recurrente aduce que la imposición de una multa por inconcurrencia de
- El Código de Procedimiento Penal, acorde con los presupuestos del sistema acusatorio inclina preponderantemente su
- Es también cierto el cumplimiento sobre la garantía de la defensa técnica no se ve
- Dada la configuración del proceso penal boliviano, estructurado por etapas, progresivas y no retrotraibles, la
- Considerando todo lo anterior, la Sala no encuentra agravio en la denuncia de restricción al ejercicio
- Asimismo, el acto que el imputado reclama como fuente de la vulneración de su derecho
- Comoquiera que tal cual se adelantó, no existe medio que norme la forma en la
- En la audiencia del día 24, tampoco fueron presentes los abogados Flores Maese y Cartagena,
- En tal virtud, la Sala no evidencia restricción al ejercicio de la defensa técnica dado
- IV.2.5. Sobre la negatoria a producir prueba extraordinaria
- El recurrente impetra la nulidad del juicio para su reenvío, en el entendido de que
- El antecedente de esta solicitud rastra en la atestación de María Lorena Spinato de Vargas,
- Previa reserva de apelación, la queja fue llevada a consideración del Tribunal de apelación en
- IV.2.5.1. Referencias procesales vinculadas a la restricción de producción de prueba extraordinaria
- a) El 29 de octubre de 2012, en audiencia de juicio oral, la defensa del imputado
- b) Ante la oposición del Ministerio Público por considerar que esa solicitud pretendía revertir el juicio
- La defensa aclaró que se “pidió certificación de la interpol no la declaración de la
- d) Tal motivo llevado que fue en apelación restringida, mereció el siguiente tratamiento de parte del
- IV.2.5.2. Análisis del motivo en concreto
- La Sentencia en el proceso penal viene antecedida por la determinación o establecimiento de un
- La reconstrucción de esa verdad contenida en las sentencias, primero debe obtenerse por medios y
- La distinción del manejo de la prueba en las etapas preparatoria y juicio oral radica
- La producción de prueba extraordinaria en juicio oral, es entendida como una causal de suspensión;
- La defensa del imputado pretendió la producción de prueba extraordinaria sobre un elemento que en
- La existencia de una tercera persona relacionada con la víctima, por una parte no concurre
- En lo demás la Sala considera que lo expuesto por el recurrente en torno a
- Dice el recurrente que la Sentencia afirmó que el hecho haya sido motivado a partir
- Extraña que en la Sentencia se calificó al hecho en las condiciones de los incs
- En este motivo se invoca como precedente contradictorio el Auto de Vista 174/2013 de 3
- IV.2.6.1. Fundamentos del precedente contradictorio invocado
- El Auto de Vista 174/2013 de 3 de junio de 2013, fue pronunciado por la
- Los fundamentos sostenidos por el precedente contradictorio invocado, si bien atendieron seis motivos recursivos, todos
- IV.2.6.2. Verificación de la contradicción planteada
- La relación de los arts
- Como está visto, los fundamentos desarrollados por el Auto de Vista 174/2013 de 3 de
- La contradicción expuesta por el recurrente propone su desarreglo con la Sentencia de grado y
- IV.2.7.Actividad procesal defectuosa por convalidación de la sentencia basada en valoración defectuosa de la prueba
- El recurrente manifiesta que se incurrió en ella al convalidarse una Sentencia basada en defectuosa
- b) No se acreditó que el imputado utilizó el arma homicida, ni otro tipo de aspecto
- c) No se valoró correctamente lo atestado por Indira Mercedes Velásquez Poso, que afirma que el
- d) La Sentencia no contiene valoración integral de la prueba, con particular carencia en lo que
- El Tribunal de alzada consintió la existencia de las insuficiencias descritas y su correspondencia de
- A partir del señalamiento de las pruebas 6, 7, 8, 9, y 10, el recurrente
- Invoca como precedente contradictorio al Auto de Vista 156/12 de 16 de agosto, pronunciado por
- IV.2.7.1. Fundamentos del precedente contradictorio invocado
- El Auto de Vista 156/12 de 16 de agosto, pronunciado por la Sala Penal Segunda
- Trámite del motivo en el recurso de apelación restringida
- Dictada la Sentencia, el imputado opuso contra ella recurso de apelación restringida, exponiendo como agravio,
- En tales condiciones el Tribunal de apelación, ante la denuncia de errónea valoración de la
- Verificación de la contradicción planteada
- Como se dijo atrás, la fórmula recursiva asumida por el Código de Procedimiento Penal, activa
- Corresponde entonces emprender el abordaje determinando el sentido jurídico tomado por el Auto de Vista
- En tal antecedente, las situaciones en el caso de autos tienden a ser ostensiblemente distintas;
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
