Auto Supremo AS/0546/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0546/2018-RRC

Fecha: 16-Jul-2018

La Sentencia en el proceso penal viene antecedida por la determinación o establecimiento de un

 
La Sala advierte que el sostén fáctico que el recurrente mantiene en casación si bien apunta un acto acaecido en el desarrollo del juicio oral, en fase de recursos adquirió ramificaciones; por cuanto, el acto inicial se trasluce en la solicitud de producción de prueba extraordinaria sobre las deposiciones testificales de cargo, habiéndose solicitado expresamente: “certificación de la interpol y no la declaración de la persona que estaría presa” (textual a fs. 1127); luego, en apelación restringida se adicionó un argumento de soporte relativo a la existencia de una carta no incluida en la investigación como tampoco producida en juicio oral; y en casación, se añade un nuevo elemento cual es la transgresión del art. 146 del CPP, relativo a la declaración de testigos con residencia en el extranjero.  
 
La Sentencia en el proceso penal viene antecedida por la determinación o establecimiento de un hecho. El Juez o Tribunal reconstruye una situación ocurrida en la realidad en tiempo pasado; dicho de otro modo, en la Sentencia se escribe una verdad en la que se aconseja un aproximamiento lo más cercano posible a la verdad real, al coincidir ésta con lo acontecido verdaderamente y no con lo que, en ocasiones, las partes presentan como tal. Se espera de la administración de justicia la resolución de un litigio a conformidad con la Ley y en observancia de los derechos garantizados por la Constitución, no para impartir una solución a ultranza