Auto Supremo AS/0546/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0546/2018-RRC

Fecha: 16-Jul-2018

Es también cierto el cumplimiento sobre la garantía de la defensa técnica no se ve

 
Es también cierto el cumplimiento sobre la garantía de la defensa técnica no se ve satisfecho con el solo nombramiento de un profesional; pues además de garantizarse que exista un profesional ejerciendo la defensa técnica, también debe garantizarse condiciones que no obstaculicen su eficacia. La defensa técnica viabiliza que todos los derechos y garantías reconocidos al imputado sean no sólo resguardados, sino en los hechos ejercitados. La coexistencia de la defensa material y la técnica conforma la naturaleza compleja del derecho de defensa penal, por lo que la exigencia de intervención de abogado defensor se plasma como un requisito de validez del procedimiento, lo que implica, no solo un acto representativo o presencial, sino al contrario confiere rotación y progreso al trámite penal; ya que la defensa técnica, promueve el principio de contradicción bien sea por medio de la proposición de diligencias de investigación en etapa preparatoria o, confrontando y contradiciendo los argumentos y pruebas producidas en juicio oral