Auto Supremo AS/0546/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0546/2018-RRC

Fecha: 16-Jul-2018

La relación de los arts

 
La relación de los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.3 de la LOJ, establecen que el Tribunal Supremo de Justicia le está conferida la resolución de los recursos de casación y la labor de uniformar jurisprudencia, tarea que en materia penal es articulada por los arts. 416 y siguientes del CPP, diseño que se enmarca dentro de un sistema precedencial de jurisprudencia, cuyo soporte técnico jurídico es la de un precedente contradictorio que “constituye una decisión judicial previa que funciona como modelo para determinar un grado de contradicción con los Autos de Vista recurridos en casación. Viene a constituir un criterio interpretativo utilizado en la resolución de casos iguales a los que se procura casación. En sentido estricto, se trata de las razones de la decisión de un fallo, cuya aplicación se pretenda contraria al fallo que se recurre, razón por la que se exige entonces que el caso presente en el cual se lo invoca sea análogo al anterior precisamente en relación con los hechos relevantes a los que se aplicó un determinado tratamiento jurídico, de ahí la comprensión del art. 416 del CPP, en calificar a la contradicción partiendo desde la identificación de una situación de hecho similar”  (Auto Supremo 077/2018-RRC de 23 de febrero). En esa misma línea la jurisprudencia de este Tribunal Supremo sobre los alcances del término situación de hecho similar, tiene sentado en el Auto Supremo 322/2012-RRC de 4 que: “Cuando la norma se refiere a una situación de hecho similar, considera esta Sala que el legislador se refiere a supuestos fácticos análogos, siendo necesario precisar que en materia sustantiva el supuesto fáctico análogo exige que el hecho analizado sea similar; en cambio, en material procesal el supuesto fáctico análogo se refiere a una problemática procesal similar”