Auto Supremo AS/0546/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0546/2018-RRC

Fecha: 16-Jul-2018

La falta de ofrecimiento oportuno de los medios de prueba para el juicio oral, genera

 
La falta de ofrecimiento oportuno de los medios de prueba para el juicio oral, genera como consecuencia que los mismos no podrán ser admitidos ni producidos en juicio oral. El diseño procesal emanado de la Ley 1970, hace que el proceso no sea un proceso de sorpresas, sino uno regido por reglas claras, con igualdad de oportunidades, transparente, en el que cada una de las partes conozca las pruebas que se producirán en el juicio y prepararse para su contradicción. El momento procesal oportuno y pertinente para el ofrecimiento de los medios de prueba es para el Ministerio Público la acusación y para la defensa el tiempo posterior a su notificación con este actuado, cuya activación se materializa a tiempo de la realización de la audiencia conclusiva, salvo prueba extraordinaria sobreviniente. En este razonamiento, no es admisible la producción de prueba fuera de ese margen