SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0032/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0032/2006

Fecha: 10-May-2006

art.

     Conforme al art. 78 del CM, los derechos y obligaciones asumidos por  las partes en el contrato de riesgo compartido, y la forma de cubrir la responsabilidad frente a  terceros, se rigen por lo estipulado en el contrato, extremo que no infringe las disposiciones de la Constitución Política del Estado invocadas cono violentadas, toda vez que esta norma legal se  circunscribe a remitir al propio contrato respecto de derechos y obligaciones entre las partes, y responsabilidad hacia terceros, lo cual no tiene incidencia en la forma de aprobación y la autorización que tendría que tener el  contrato de riesgo compartido.