DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2013

Fecha: 29-Nov-2013

Artículo 25. Facultades y atribuciones ejecutivas, legislativas y deliberativas

I.       Con la prerrogativa que otorga la Constitución Política del Estado Plurinacional, el Honorable Concejo Municipal tiene las facultades de constituir el Órgano deliberante, representativo, normativo, legislativo y fiscalizador de la gestión municipal, está conformado por concejales hombres y mujeres elegidos y elegidas por el pueblo a través de sufragio universal.

II.      A su vez, el Órgano Ejecutivo es presidido por el Alcalde o Alcaldesa y tiene atribuciones de representar y dirigir al Gobierno Autónomo Municipal en función a su competencia establecida en la presente Carta Orgánica Municipal es la máxima autoridad ejecutiva elegida por el pueblo a través de sufragio universal.