DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2013

Fecha: 29-Nov-2013

Sobre el numeral 8

Como se tiene expresado, el art. 80.2 de la Ley de la Educación “Avelino Siñani - Elizardo Pérez”, establece las competencias municipales en materia de educación en los siguiente términos: “a) Responsables de dotar, financiar y garantizar los servicios básicos, infraestructura, mobiliario, material educativo y equipamiento de las Unidades Educativas de Educación Regular, Educación Alternativa y Especial, así como de las Direcciones Distritales y de Núcleo, en su jurisdicción. b) Apoyo a programas educativos con recursos establecidos en las normas en vigencia”.

En este marco, considerando la indeterminación de los vocablos “fortalecer y promover” insertos en la redacción del numeral en análisis, corresponde declarar la compatibilidad de este numeral siempre que en su interpretación y aplicación se respeten los límites competenciales establecidos en el art. 80.2 de la referida Ley.