DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2013

Fecha: 29-Nov-2013

PREÁMBULO

 fueron los chichas, quienes se constituyeron en una fracción de la raza Quechua, ellos se vieron obligados a lidiar combates sangrientos con los chiriguanos, quienes tenían fama de feroces guerreros que sembraban terror en gran parte del departamento de Tarija como en la región de los cintis. Posteriormente durante la colonia, fueron los españoles que tomaron acciones militares para vencer a los chiriguanos, una vez derrotados se indica que en 1588 del 13 de Enero se funda el Priorato de Pilaya y paspaya dependiente de la audiencia de charcas y del virreinato del Perú, con el devenir del tiempo paso a formar parte de virreinato de Buenos Aires, mediante ordenanza del 28 de enero  de 1782.

La ley promulgada el 5 de noviembre de 1886 reconoce a la provincia de cinti con dos secciones judiciales: Camargo y Camataqui, esta última se divide a su vez en dos cantones: Camataqui con el vice cantón Tarcana, y San Juan con los Vice Cantones de la Torre y Taraya. Recién en 1944 se consolida la creación de la Provincia  Sud Cinti, mediante  Decreto Supremo del  23 de marzo con  su capital  Villa Abecia (Inicialmente Villa Germán Busch) y constituida por dos secciones: Primera sección Camataqui y Segunda Sección culpina. Luego de la promulgación de las leyes de Participación Popular de Municipalidades, se constituye el Gobierno Municipal de Camataqui - Villa Abecia, que administrativamente reorganiza su territorio en distritos Municipales y Comunidades.

La nueva Constitución Política del Estado aprobado en enero de 2009, deja entrever que el estado colonial,  republicano  y neoliberal queda en el pasado, y asume el reto histórico de construir colectivamente un estado unitario social de Derecho Plurinacional Comunitario que integra  y articula los propósitos de avanzar hacia una Bolivia Democrática, Productiva, Portadora e inspiradora de la Paz, Comprometida con el desarrollo integral y con libre determinación de los Pueblos. Este último elemento provocativo y desafiante incita a hombres y mujeres de la sociedad civil a tomar de forma autónoma sus propias decisiones en atribución a su libre determinación, para ello se promulga la ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”. En ese marco histórico y de coyuntura actual es que actores sociales entre hombres y mujeres en representación de la población en general y de las instituciones vivas representativas, reconocidas por la ley en el Gobierno Autónomo  Municipal de Camataqui - Villa Abecia en ejercicio pleno de la libertad la democracia y los derechos existentes, reunidos  con las  organizaciones  de base, en el marco de la aplicación de lo establecido en la Constitución Política del Estado  y la ley  Marco de Autonomías y Descentralización bajo los principios de unidad, voluntariedad, solidaridad, equidad, bien común, autogobierno, igualdad, complementariedad, reciprocidad, equidad  de género, subsidiaridad, gradualidad, coordinación, lealtad institucional, transparencia, dignidad, libertad Justicia social, provisión de recursos económicos, participación y control social promulgan la presente carta Orgánica Municipal que regulara la búsqueda del desarrollo integral  sistémico del Municipio cuyo objeto final prioriza el desarrollo humano  como el fin de las cosas”.