DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2014

Fecha: 13-Nov-2014

Articulo 102. Régimen en Salud.

I.    El Municipio Cabezas y su Gobierno Autónomo Municipal, reconoce y tiene la obligación suprema de garantizar y sostener el derecho a la salud, como un derecho humano fundamental de todas y todos las los habitantes del Municipio, así como promover el cumplimiento de las políticas públicas nacionales que están orientadas a mejorar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso gratuito de la población al sistema de salud.

·    Ejecutar las acciones de vigilancia y control sanitario en los establecimientos públicos y de servicios, centros laborales, educativos, de diversión, de expendio de alimentos y otros con atención a grupos poblacionales, para garantizar la salud colectiva en concordancia y concurrencia con la instancia departamental de salud.