DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2014

Fecha: 13-Nov-2014

“Artículo 82. Plan de ordenamiento urbano y territorial.

El Gobierno Autónomo Municipal Cabezas, a través de una Ley Municipal, determinará el procedimiento de la elaboración del Plan Municipal de Ordenamiento Territorial, en base a la experiencia y en pleno respeto de los usos y costumbres ancestrales existentes en el municipio. Tomando en cuenta para la elaboración la existencia de sus ecosistemas presentes en su territorio”.

El Gobierno Autónomo Municipal Cabezas, a través de una Ley Municipal, determinará el procedimiento de la elaboración del Plan Municipal de Ordenamiento Territorial, en base a la experiencia y en pleno respeto de los usos y costumbres ancestrales existentes en el municipio. Tomando en cuenta para la elaboración la existencia de sus ecosistemas presentes en su territorio.